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¿Qué es el certificado energético de una vivienda?

Publicado por S&P          marzo 20, 2018          Lectura: 4 min.

El certificado energético de una vivienda es un documento oficial y de carácter obligatorio que incluye la calificación energética de una vivienda o edificio. Esta calificación energética se calcula en base al grado de eficiencia energética del inmueble tras realizar una evaluación sobre el consumo anual de energía necesario para satisfacer la demanda energética del edificio o vivienda en condiciones normales de ocupación y funcionamiento.

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En este proceso se analizan fundamentalmente los consumos y eficiencia energética de los sistemas de producción de agua caliente, calefacción, refrigeración, ventilación e iluminación.

A la hora de realizar el certificado energético de una vivienda o edificio, los técnicos competentes deberán cumplimentar un documento reconocido como el “Modelo de certificado de eficiencia energética” y que se encuentra publicado en la página oficial de certificación del Ministerio de Industria.

Y aunque existen una serie de aplicaciones o programas informáticos como el CE3 y CE3X que generan los informes del certificado energético, los técnicos competentes para su realización deberán seguir las indicaciones de registro habilitadas por cada CCAA.

En cualquier caso, el certificado contempla un resumen de las características y situación del edificio a certificar, y para considerarse completo debe incluir información adicional como anexos, relativa a:

  • Pruebas, mediciones y comprobaciones realizadas para la obtención de los datos del edificio.
  • Para edificios ya construidos, se incluirá una definición y análisis de las medidas de eficiencia energética recomendadas para la mejora de la eficiencia energética de la vivienda o edificio, y que sean técnicamente viables.
  • Se podrá incluir una estimación de los plazos de amortización de la inversión o de la rentabilidad durante su vida útil.
  • En el caso de edificios ya construidos se incluirá información dirigida al propietario o arrendatario sobre dónde obtener información más detallada e información sobre la relación coste-eficacia de las recomendaciones incluidas en el certificado
  • Toda la información que expresamente se indica en el Artículo 6 del RD 235/2013.

El procedimiento básico para la certificación energética de los edificios, recogido en el Real Decreto 235/2013 de 5 de abril de 2013, incluye además la obligatoriedad de presentar o poner a disposición de los compradores o arrendatarios de un edificio o vivienda el certificado de eficiencia energética ya que, desde el 1 de junio de 2013, es un documento necesario para realizar cualquier contrato de compraventa o arrendamiento de un inmueble.

La calificación energética del edificio deberá ser realizada en cualquier caso por un técnico competente para ello y que será elegido libremente por el propietario.

El certificado, que en principio tendrá una validez de diez años, podrá ser actualizado voluntariamente por el propietario de la vivienda o edificio cuando considere que existen variaciones que pudieran suponer una modificación o una mejora en su clasificación energética.

Etiqueta energética

La etiqueta energética clasifica los edificios mediante dos indicadores dentro de una escala de siete letras, que parte de la letra G para los edificios menos eficientes, hasta la letra A para los más eficientes.

Además, esta etiqueta debe contener información sobre la dirección del edificio, la normativa en vigor en el momento de su construcción o rehabilitación, con indicación del año, el tipo de edificio y uso del mismo y la referencia catastral, o referencias si la calificación afecta a varios inmuebles.

En la parte central, aparece la representación de una escala con distintos colores que se corresponderán con las letras que designan la calificación energética del inmueble y que van desde el rojo, correspondiente a la letra G hasta el color verde para la máxima calificación correspondiente a la letra A.

A la derecha de esta escala, y en dos columnas diferenciadas, se recogen los datos correspondientes a:

  • Consumo de energía primaria no renovable, expresado en kWh/m2 año.
  • Emisiones de CO2 expresado en KgCO2/m2 año.

Esta etiqueta debe ser incluida, tal como establece el RD 235/2013, en toda oferta, promoción y publicidad dirigida a la venta o arrendamiento del edificio o unidad del edificio, y debe ser mostrada, en los edificios protegidos oficialmente o de titularidad pública y también, aquellos edificios de titularidad privada frecuentados habitualmente por el público, con una superficie útil total superior a 500 m² (que no estén excluidos por el citado artículo 2.2.a).

El modelo de etiqueta de eficiencia energética de edificios, al igual que el modelo de certificado, se puede encontrar también en la página oficial de certificación del Ministerio de Industria.

¿Cómo mejorar la calificación energética y ahorrar en nuestro consumo?

Como ya hemos comentado, el certificado de eficiencia energética debe contener una serie de propuestas o recomendaciones que nos permitan mejorar la eficiencia energética de nuestra vivienda o edificio.

Estas recomendaciones, que no serán de carácter obligatorio, estarán clasificadas según su viabilidad técnica, funcional y económica, así como por su repercusión energética, y nos permitirán valorar la posibilidad de realizar una serie de actuaciones en tres ámbitos fundamentalmente:

  • Medidas relativas a la envolvente y elementos constructivos; envolvente, cerramientos, cubierta, etc.
  • Medidas sobre los sistemas y equipos de producción de agua caliente, climatización, ventilación e iluminación, con especial incidencia este último en el caso de los edificios terciarios. La sustitución de calderas tradicionales por otras de condensación con altos rendimientos o la instalación de sistemas de ventilación mecánica controlada son medidas con las que además de conseguir un importante ahorro energético conseguiremos una mayor eficiencia de todo el sistema de climatización de la vivienda.
  • Sistemas de control y gestión de los equipos y tecnologías de climatización, ventilación e iluminación; tecnologías como la Demanda Controlada de Ventilación (DCV) basan su funcionamiento en la combinación de los equipos con elementos inteligentes como controladores de velocidad, detectores de presencia, sensores de temperatura y humedad y sensores de presión que nos permiten controlar la calidad del aire interior generando un importante ahorro energético.

Un reciente estudio sobre la situación del parque de edificios existente en España titulado “Diagnóstico de la Rehabilitación en las comunidades autónomas” revela la urgente necesidad del sector de la construcción de poner el foco en la rehabilitación energética.

Sólo así, conseguiremos reducir nuestro consumo energético de nuestros edificios, responsables actualmente del 40% de dicho consumo, en gran parte por la antigüedad e ineficiencia de nuestro parque inmobiliario.

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