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Reciente modificación del Documento Básico DB-HS 3 del CTE

Publicado por S&P          julio 5, 2017          Lectura: 3 min.

El pasado 23 de junio de 2017 se publicó en el BOE la Orden FOM/588/2017, según la cual se modifican el Documento Básico DB-HE «Ahorro de energía» y el Documento Básico DB-HS «Salubridad», del Código Técnico de la Edificación.

Lectura: 3 min.

Esta modificación implica nuevas exigencias en el HS3 en lo que se refiere a caudales de ventilación y además hace referencia explícitamente a las concentraciones máximas de contaminante referidas a las partes por millón (ppm) de CO2.

Exigencias en locales habitables

En este nuevo marco, se refleja una bajada muy clara de los caudales de ventilación y de la manera de calcularlos. A partir de la entrada en vigor de esta normativa los caudales de aire exterior aportados mínimos pasan a ser recogidos por la tabla 2.1.

Fuente: BOE Orden FOM/588/2017

Se considera que estos valores cumplen con las concentraciones máximas permitidas de CO2. Además, deberá asegurarse un caudal mínimo de 1,5 l/s por local habitable en periodos de no ocupación.

Se mantiene la extracción de independiente de la ventilación general del resto de locales de la vivienda.

Exigencias en locales no habitables

Para el resto de locales no habitables como por ejemplo trasteros, zonas comunes y almacenes de residuos, se deberá aportar el caudal de aire exterior suficiente para eliminar la humedad, los olores y los compuestos orgánicos volátiles (VOC). En el caso de aparcamientos y garajes, el suficiente para eliminar el monóxido de carbono y los óxidos de nitrógeno. Los caudales exigidos para este tipo de locales se establecen los caudales en la tabla 2.2.

Para estos locales la ventilación puede hacerse mediante diversos métodos: ventilación de caudal constante o variable controlada mediante detectores de presencia, detectores de contaminantes, programación temporal u otros.

Fuente: BOE Orden FOM/588/2017

Respecto a las concentraciones máximas de CO2 la nueva normativa indica que un sistema de ventilación no debe permitir una concentración máxima media de ppm de CO2 en cada local habitable de la vivienda de más de 900 ppm. Además se permite un exceso 500.000 ppm·h sobre el nivel base de 1600 ppm.

Para calcular este exceso acumulado anual se debe tomar como base la relación entre las concentraciones de CO2 por encima del valor base (según la normativa 1600ppm) y el tiempo que se han mantenido por encima de esta media a lo largo de un año. Se puede calcular teniendo en cuenta el sumatorio de las áreas (en ppm/hora) en función del tiempo y del valor base como se puede ver en este ejemplo:

Fuente: BOE Orden FOM/588/2017

Entrada en vigor

La entrada en vigor de esta modificación de la normativa no aplica a obras de nueva construcción ni a las renovaciones de edificios que ya tenían solicitada una licencia municipal de obras o la soliciten antes de 3 meses desde la fecha de publicación de esta modificación. Una vez adquirida la licencia, las obras deberán empezar antes de un plazo máximo de 6 meses.

Con esta reducción de caudales se consigue reducir la distancia energética que existía entre los límites máximos de consumo energético del HE y el elevado gasto debido a la ventilación con las caudales precedentes.