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UNE-13779: Ventilación de edificios no residenciales

Publicado por S&P          enero 29, 2018          Lectura: 6 min.

Una norma UNE es un documento, normalmente de aplicación voluntaria, que contiene especificaciones técnicas basadas en los resultados de la experiencia y del desarrollo tecnológico. Estas normas están elaboradas con el consenso de todas las partes interesadas y deben estar aprobadas por un organismo de normalización reconocido.

Lectura: 6 min.


En España AENOR, la Asociación Española de Normalización y Certificación, es la principal entidad en certificación de sistemas de gestión, productos y servicios, y responsable del desarrollo y difusión de las normas UNE.

La norma UNE-EN 13779:2008 que es la que define las exigencias de los sistemas de ventilación y de acondicionamientos de edificios no residenciales, es el documento que toma como base el RITE – Reglamento de Instalaciones Térmicas en Edificios para este tipo de instalaciones.

Aplicación de la Norma UNE-13779

La norma UNE-EN 13779:2008 “Ventilación en edificios no residenciales. Requisitos de prestaciones de sistemas de ventilación y acondicionamiento de recintos” se aplica al diseño y ejecución de los sistemas de ventilación y de acondicionamiento de aire para edificios de uso no residencial con ocupación humana, excluyéndose las aplicaciones relacionadas con procesos industriales (oficinas, locales de hostelería, hospitales, etc.).

Las directrices para el diseño, establecidas en esta norma, se aplican principalmente a los sistemas de ventilación mecánica tanto de simple como de doble flujo.

El documento, contiene además tres partes fundamentales en las que se recogen los aspectos relacionados con los criterios a tener en cuenta a la hora de diseñar las instalaciones y una clasificación de los distintos tipos de aire que intervienen en un sistema de ventilación, y que serán tratados a continuación.

Clasificación y tipos de aire a considerar en el dimensionado y diseño de una instalación de ventilación

En primer lugar, es importante conocer el significado de los distintos tipos del aire en función de su procedencia y la función que realizan en la instalación.

Entenderemos como aire exterior (ODA) el aire que entra en el sistema procedente del exterior antes de cualquier tratamiento; aire interior (IDA) el aire tratado en el local o en la zona a ventilar; el aire de expulsión (EHA), el aire extraído de uno o más locales y expulsado al exterior; el aire de extracción (ETA), el aire tratado que sale de un local y el aire de impulsión que será el aire que entra en el local o en el sistema después de cualquier tipo de tratamiento.

Aire Exterior

Con respecto al aire exterior, la norma UNE 13779 indica la necesidad de considerar en el diseño del sistema de ventilación, la calidad del aire exterior en el lugar en el que se encuentra ubicado el edificio o en la localización prevista de éste, señalando dos opciones principales para mitigar los efectos de un aire exterior pobre en el ambiente interior.

  • Ubicar las tomas de aire en aquellos puntos donde el aire exterior se encuentre menos contaminado (en el caso de edificios con fachadas a orientadas a zonas con distinto nivel de contaminación).
  • Utilizar algún método de tratamiento sobre el aire exterior.

Además, habrá que tener en cuenta las diferentes técnicas de filtración de aire, ya que su idoneidad dependerá del tipo de contaminante presente en el aire exterior esté contaminado con gases, partículas o ambos (debiendo considerar, además, el tamaño de las partículas consideradas).

Al no existir definiciones aceptadas universalmente sobre los niveles admisibles de calidad del aire exterior y las que existen no están previstas inicialmente para el diseño de los sistemas de ventilación, las actuaciones a realizar en materia de tratamiento de aire dependerán de:

  • Las reglamentaciones estatales y locales vigentes.
  • La posibilidad de aportar para adoptar reglamentaciones y directrices.
  • La opciones individuales sobre la importancia de los contaminantes específicos no regulados (por ejemplo: pólenes, hongos de origen exterior).

La clasificación del aire exterior (ODA) recogida en la norma UNE 13779 es la siguiente:

  • ODA 1; Aire puro que se ensucia sólo temporalmente (por ejemplo, polen).
  • ODA 2; Aire exterior con concentraciones altas de partículas y, o de gases contaminantes.
  • ODA 3; Aire exterior con concentraciones muy altas de gases contaminantes y, o de partículas.

La aplicación de esta clasificación dependerá de la definición de los criterios por lo que el documento que contiene la norma UNE 13779 sugiere adoptar la siguiente propuesta:

  • Aplicación de ODA 1; cuando se cumplen las directrices de la OMS (1999) y las de cualquier norma nacional sobre calidad de aire o cualquier reglamentación sobre aire exterior.
  • Aplicación de ODA 2; cuando las concentraciones de contaminantes son superiores a las directrices de la OMS o a las de cualquier norma nacional sobre calidad del aire o cualquier reglamentación sobre aire exterior, por un factor inferior o igual a 1,5.
  • Aplicación de ODA 3; cuando las concentraciones de contaminantes son superiores a las directrices de la OMS o a las de cualquier norma nacional sobre calidad del aire o cualquier reglamentación sobre aire exterior, por un factor superior a 1,5.

Aire de impulsión

Según la norma UNE 13799, la calidad del aire aportado a los edificios a través del sistema de ventilación, en zonas destinadas a la ocupación humana, debe ser tal que teniendo en cuenta las emisiones previstas de las fuentes interiores (metabolismo humano, actividades y procesos, materiales de construcción, mobiliario) y del propio sistema de ventilación, se consiga la calidad apropiada del aire interior.

Además, si el aire de impulsión contiene también parte de aire recirculado, esto se deberá indicar en la documentación del diseño de la instalación.

Aire interior

La clasificación básica del aire interior que aparece en la norma UNE 13799 es la siguiente:

  • IDA 1; calidad del aire interior alta
  • IDA 2; calidad del aire interior media
  • IDA 3; calidad del aire interior moderada
  • IDA 4; calidad del aire interior baja

La norma añade además que, los valores de las categorías para el aire interior deben estar indicados en las reglamentaciones nacionales aunque los valores indicados en la Norma EN 15251 también podrían ser utilizados como valores por defecto.

La definición exacta de las categorías dependerá de la naturaleza de las fuentes de contaminación del aire y sus efectos, pudiendo ser las siguientes:

  • Localizadas en el espacio o distribuidas a través del edificio
  • Emisores continuos o intermitentes
  • Emisores de partículas (inorgánicas, vivas u otras partículas orgánicas) o gases/vapores (orgánicos o inorgánicos)

Los efectos podrían considerarse en términos de percepción de la calidad del aire o alternativamente en función de los efectos que potencialmente podría provocar sobre la salud.

Por lo tanto, la definición completa de categorías de la calidad del aire interior queda fuera del ámbito de aplicación de la norma.

En cuanto a las aplicaciones prácticas, las cuatro categorías de calidad del aire anteriormente enumeradas deben estar cuantificadas mediante uno de los siguientes métodos:

  • Clasificación indirecta por caudal de aire exterior por persona
  • Clasificación indirecta por caudal de aire por unidad de superficie
  • Clasificación por nivel de CO2

La elección del método será voluntaria, y deberá adaptarse al uso del local y los requisitos existente en función de la ocupación y uso al que esté destinado. En casos especiales, la norma también contempla la posibilidad de utilizar otros métodos para cuantificar la calidad del aire interior.

Aire de extracción y Aire de expulsión

Con respecto al aire de extracción (ETA) y el aire de expulsión (EHA), la Norma UNE 13779:2008 establece cuatro niveles de clasificación según el tipo de edificio o local del que se trate y que se definen a continuación:

  • Aire de extracción con un nivel de contaminación bajo (ETA 1/ EHA 1):Aire procedente de los locales y oficinas en los que las principales fuentes de emisión son las estructuras y los materiales del edificio, y también el aire procedente de los locales ocupados en los que las principales fuentes de emisión son debidas al metabolismo humano, las estructuras y los materiales del edificio. Se excluyen los locales en los que está permitido fumar ya que este aire está prohibido ser retornado al local.
  • Aire de extracción con un nivel de contaminación moderado (ETA 2/EHA 2): Aire procedente de los locales ocupados y que contiene más impurezas que el de la categoría ETA 1/ EHA 1 procedente de las mismas fuentes, pero también de las mismas actividades humanas. En este apartado se incluyen los locales en los que está permitido fumar. Este aire de categoría ETA 2 puede ser empleado únicamente como aire de transferencia de un local hacia locales de servicio, aseos o garajes.
  • Aire de extracción con un nivel de contaminación alto (ETA 3/EHA 3): Aire procedente de los locales en los que se realizan procesos que generan elevada humedad, olores, productos químicos, etc. reduciendo sustancialmente la calidad del aire interior.
  • Aire de extracción con un nivel de contaminación muy alta (ETA 4/ EHA 4): Aire que contiene olores e impurezas en concentraciones significativamente superiores a las permitidas en el aire interior de las zonas ocupadas.

La norma UNE 13779 contiene en sus anexos finales una serie de directrices sobre buenas prácticas entre las que se encuentra un apartado específico sobre las clases de filtros y criterios de selección y otro sobre los sistemas de recuperación de calor aire-aire.

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